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Iniciando un emprendimiento. Cuestiones tributarias.

Publicado el 24/02/21

Está la idea, está el nombre, está la imagen de la marca, existe en redes sociales y tiene algunos clientes o realizó algunas ventas. Pero sigue siendo algo casero, familiar, chiquito. ¿Cómo convertir esa idea que está empezando a funcionar en empresa?

Es inevitable arrancar por AFIP, por mucho miedo que genere, porque es lo que le da entidad de empresa a ese emprendimiento que está naciendo y permite facturar, justificar los ingresos que obtenemos por el mismo. 

El sistema tributario argentino plantea dos grandes opciones: el régimen general (incluyendo complejas presentaciones de declaraciones juradas de IVA y ganancias y su consiguiente pago) y el régimen simplificado, conocido popularmente como monotributo; este incluye el pago de un componente impositivo que abarca IVA e impuesto a las ganancias además de aportes al sistema jubilatorio y aportes al régimen de obra social para tener cobertura englobado, en una suma fija mensual la cual depende de la categoría del contribuyente, en base a una serie de parámetros que determinan la capacidad contributiva del emprendedor.   

En la página de AFIP se pueden consultar las categorías vigentes: https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp, quedando en evidencia que por un monto relativamente poco significativo el emprendimiento está en condiciones de facturar y por lo tanto de ofrecer sus productos a clientes más grandes, con procesos de compra y pago estandarizados. 

¿Cuáles son los pasos a seguir para organizar desde el punto de vista tributario a un emprendimiento naciente unipersonal? 

  1. Obtener la clave fiscal y la CUIT del titular. 
  2. Registrar el domicilio fiscal electrónico y completar el registro único tributario.
  3. Realizar la inscripción en el régimen simplificado de monotributo: siempre es recomendable empezar en chico, pero ordenados (salvo que alguno de los parámetros iniciales excluya del monotributo al negocio). Considerar que si el emprendedor trabaja en relación de dependencia, en forma paralela, puede optar por tributar sólo por el componente impositivo del monotributo, disminuyendo la cuota mensual a ingresar.
  4. Realizar las inscripciones en el fisco provincial: analizar si por la actividad existen beneficios fiscales o exenciones y tramitar las mismas. Considerar también si existe un régimen simplificado y si es más ventajoso, en caso de calificar para el mismo.  
  5. Realizar la habilitación del local, si corresponde.
  6. Realizar la inscripción como PYME, para aprovechar los beneficios asociados a esta categorización, vigentes y futuros.
  7. Habilitar un punto de venta para facturar: AFIP tiene una opción para realizar factura electrónica desde su sitio web o desde el facturador móvil del celular. 

Cumplidas esas actividades, el emprendimiento está en regla desde el punto de vista tributario y en condiciones de salir a ofrecer sus productos o servicios, con la posibilidad de facturar los mismos y de ingresar su cobro al banco, sin riesgos y sin tener que responder preguntas incómodas. 

En esta etapa inicial, es interesante contar con asesoramiento profesional, para evaluar todas las opciones, para aprovechar los beneficios disponibles, evaluando legislación nacional, provincial y municipal vigente, considerando la actividad desarrollada. También se puede evaluar en esta instancia, los pasos subsiguientes para el crecimiento en cuanto a cambios de categorías, pase a régimen general o una eventual transformación en una sociedad comercial, por incorporación de socios o necesidad de limitar responsabilidades personales. 

Si quieren seguir profundizando en el tema o contar cómo empezaron, los leemos en comentarios o por mail a estudio@abrach.com.ar